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Mayor protección legal para las mujeres

Izquierda Unida exige a la Junta el cumplimiento de Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Ley que debe hacer posible una mayor protección para las mujeres que decidan usar en libertad este derecho. 

Para Aurelio San Emeterio, sería prioritario que “se elaboren políticas preventivas de embarazos no deseados dirigidas específicamente a jóvenes, que incluyan la normalización de la educación sexual en los centros educativos y la accesibilidad de éstos a centros y servicios de salud sexual y reproductiva”.

El aborto es una realidad en nuestro país. Según el informe “Interrupción voluntaria del embarazo. Datos definitivos correspondientes al año 2007” que elabora el Ministerio de Sanidad y Consumo, en 2007 se interrumpieron en España un total de 112.138 embarazos, un 108 % más que en 1998. 

Este desconocimiento de la realidad ha ido acompañado de un desfase entre la normativa aprobada en 1985 y la evolución de la sociedad española y europea desde esa fecha. En España, la normativa se situaba por detrás de las recomendaciones que a nivel internacional y europeo se venían realizando, así como de las legislaciones de nuestros países vecinos la mayoría de los cuales tenía establecidas normativas de plazos entre las 10 y las 24 semanas para que las mujeres decidieran sobre la interrupción de su embarazo. Además, al tipificar el aborto como delito salvo bajo determinados supuestos, se producía una inseguridad jurídica para los profesionales médicos y las mujeres gestantes, y una excesiva tutela sobre la autonomía de ellas, puesto que su decisión dependía en todo caso de terceros para poder llevarse a cabo.

A pesar de la insuficiencia de la nueva normativa que ha entrado en vigor el pasado 5 de julio, era necesario abordar el cambio de la Ley. 

Sin embargo, estas deficiencias no se pueden ver incrementadas por las trabas de las propias comunidades autónomas durante el desarrollo de la Ley en el ejercicio de sus competencias. Concretamente en el caso de Castilla-La Mancha se está desarrollando una política continuista en la que se sigue apostando por la intervención privada en las interrupciones y una gran permisividad hacia la objeción de conciencia, dejando parcialmente incumplidos algunos principios fundamentales de la Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, como son: 

- Asegurar la igualdad y calidad asistencial de la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo y garantizar a todas las mujeres por igual el acceso a la prestación, con independencia del lugar donde residan.
- La prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realizará en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma. Pero además, en el caso concreto de las intervenciones realizadas bajo el supuesto contemplado en la letra c del artículo 15 la normativa determina que se deben realizar preferentemente en centros cualificados de la red sanitaria pública.
- “Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia”. Lo que está claramente limitado en su cumplimiento por varios motivos:
„X El procedimiento de Objeción de Conciencia publicado no incluye a los profesionales farmacéuticos, dejando sin cobertura legal el acceso a la píldora del día después.
„X El procedimiento de Objeción de Conciencia, como mero registro, no garantiza el acceso voluntario a la Interrupción del embarazo en condiciones de igualdad para cualquier mujer dentro del sistema público de salud con garantías de proximidad e igualdad y dificulta los trámites y el cumplimiento de los plazos.

Para Izquierda Unida resulta fundamental que el sistema público de salud asuma íntegramente la prestación del servicio como garantía del principio de equidad. La excepcionalidad de privatizar la prestación que recoge la ley no puede convertirse en la generalidad para toda una región. 

El gobierno regional debe dotar a los centros públicos de referencia en las 5 provincias para evitar la distorsión territorial y asegurar el efectivo ejercicio del derecho durante todo el proceso garantizando información, apoyo y seguridad antes, durante y después de la interrupción. Así como facilitar de forma gratuita la píldora postcoital en todos los centros sanitarios públicos dado su carácter de emergencia.

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